A partir del mediodía del 1º de setiembre y hasta el 10 de octubre estará habilitado el primer relevamiento continuo de docentes de la Universidad de la República.
Como lo establece la Resolución Nº 5 1 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en sesión de fecha 3 de agosto de 2021, el FormA-Docente deberá completarse de manera obligatoria, de forma periódica, y se prevé una sanción para quienes no completen el formulario. (“… la omisión del docente de completar el formulario estadístico FormA-Docente, le impedirá percibir los haberes del cargo en el que hubiera omitido completarlo, correspondiente al mes de octubre del año referido ….”). Resolución Nº 5 CDC, de fecha 3 de agosto de 2021. La Sanción se podrá levantar completando el formulario estadístico a través de la web.
El relevamiento, a cargo de la Dirección General de Planeamiento (DGPlan), tiene por objetivo recabar información de calidad sobre la población docente y cargos asimilados (becarias/os, pasantes y guardias docentes), en el entendido de que disponer de datos y estadísticas regulares es un componente fundamental en la definición y evaluación de la gestión y políticas universitarias.
El formulario se completa a través de la plataforma de formularios estadísticos de la Udelar: https://formularios.udelar.edu.uy/forma/ ingresando a la pestaña “Funcionarios” con el usuario y contraseña del Módulo de Autogestión de Personal (MAP). Incluye módulos referidos a características sociodemográficas, situación ocupacional, educación de grado y posgrado, y a las funciones universitarias (enseñanza, investigación, extensión, y gestión). Los datos quedan protegidos bajo estrictas normas de protección y secreto estadístico (Ley 18.331 y 16.616).
Puede completarse por etapas dado que los datos se guardan por sección, y la plataforma permite volver a ingresar en otro momento en caso de ser necesario. Se considera finalizado una vez que se obtiene el/los número/s de control para cada uno de los cargos que desempeña la o el docente.
En caso de no tener el código para activar la contraseña de MAP, deberán solicitarlo en División RR.HH, Sección Mesa de Entrada de Lunes a Viernes en el horario de 8.30 a 15.
Las consultas relativas a el Formulario Estadístico (FormA-Docente) son a través del correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando: nombre completo, C.I. y servicio al que pertenece.
1 Resolución Nº 5 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en sesión de fecha 3 de agosto de 2021 : VISTO : La necesidad de disponer de información y estadísticas regulares sobre la población universitaria para la planificación y evaluación de la gestión y de las políticas universitarias; RESULTANDO : Que hasta el momento el medio de acceso a la información sobre los docentes de la Universidad de la República han sido los censos de funcionarios; CONSIDERANDO : 1. Que por Resoluciones Nº 3 de fecha 04/04/2000, N°25 de fecha 07/07/2009 y N° 8 de fecha 28/04/2015 se establecieron las normas de realización de los censos de funcionarios docentes en los años mencionados; 2. Que la información obtenida es de carácter estrictamente confidencial, amparada por el secreto estadístico según la Ley Nº 16.616 y por la protección de datos personales según Ley N° 18.331;
ATENTO : A lo propuesto por la Dirección General de Planeamiento, antecedentes que lucen en el distribuido N° 646.21: EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL RESUELVE : 1 - Disponer que el formulario estadístico del relevamiento continuo de docentes, FormA-Docente es de carácter obligatorio para todos los docentes de la Universidad de la República. 2 - Cometer a la División Estadística de la Dirección General de Planeamiento su diseño y vías de instrumentación, así como el procesamiento de la información obtenida. 3 - Dicho formulario deberá ser completado una vez al año por todos los docentes de la Universidad de la República dentro del plazo que se les fije. 4 - Disponer que los datos del FormA-Docente podrán ser utilizados con fines de gestión institucional por parte de los servicios, de forma de evitar que los docentes reiteren en otros relevamientos, la misma información que ya proporcionaron al FormA-Docente. 5 - Será responsabilidad de cada docente completar con veracidad el formulario estadístico FormA-Docente. La División Estadística de la Dirección General de Planeamiento podrá solicitar al docente respectivo, la documentación o los medios técnicos de reproducción que respalden la información brindada. 6 - Establecer que la omisión del docente de completar el formulario estadístico FormA-Docente, le impedirá percibir los haberes del cargo en el que hubiera omitido completarlo, correspondiente al mes de octubre del año referido.